LEY 20.105

Hoy Lunes 14 de Agosto, se hace efectiva la Ley 20.105, que modifica la Ley 19.419 en materias relativas a la publicidad y el consumo del tabaco.

¿Y que cambios trae esto?
Es que acaso no has visto las noticias?. Ouch… conteste una pregunta con otra pregunta.

  • No se pueden vender cigarros sueltos. El mínimo son paquetes con 10 cigarrillos. La multa es de 1 a 20 UTM.
  • No pueeden existir concursos, sorteos o cualquier tipo de compensación asociados al cigarrillo. La multa es de 1 a 50 UTM.
  • Ya no pueden existir los cigarrillos light, suave, ligeros, o como sea que se llamen. Las multas van de 50 a 250 UTM.
  • En los establecimientos de educación superior (tanto públicos como privados), gimnasios y recintos deportivos, supermercados, centros comerciales, entre otros se podrá fumar solo en patios o espacios al aire libre. La multa es de 0,5 UTM.
  • Restoranes, bares, pubs, discotecas, cabarés, casinos de juego, etc, con más de 100 [m^2] para atención de público deben destinar al menos un 60% de su superficie para no fumadores, procurando que el humo no pase a estos sectores. En caso de tener menos de 100 [m^2], deben optar por fumadores o no fumadores.

En fin… al final la ley busca simplemente proteger los derechos de los No Fumadores.

¿Y donde encuentro las Leyes?
Ley 19.419
Ley 20.105

Pasó la lluvia!

Que manera de llover hoy!!!

Según la imágen satelitan de weather.com lo peor ya paso… y menos mal que fue asi.

Lo más interesante que he escuchado en las noticias hasta el momento, fue el enfrentamiendo de la presidenta con un poblador de Chiguayante, en donde la frase que más marcó fue “Yo voté por usted, pero ya no vuelvo a votar por la Concertación”.
¿No me creen? Léanlo en El Mercurio.

Asi que abriguense, y esten preocupados del agua.

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